
Los propietarios de una vivienda que decidan venderla se beneficiarán de un menor monto en el pago de impuestos, con la posibilidad de una exoneración si se utiliza el dinero de la operación para comprar otro inmueble nuevo, de aprobarse sin modificaciones el artículo 14 del plan fiscal que sometió al Congreso Nacional el Poder Ejecutivo.
La propuesta, contenida en el denominado Proyecto Ley de Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional, plantea introducir el artículo 296-1 al Código Tributario, estableciendo con ello una reducción desde un 25 a 10 % en la tasa por la venta de bienes inmuebles propiedad de personas físicas, como pago único y definitivo.
Sin embargo, el texto legal, que fue aprobado ayer por el Senado con algunas modificaciones, especifica que el impuesto deberá ser liquidado dentro del plazo de los seis meses contados a partir del momento en que se hubiese perfeccionado el acto traslativo (la transferencia de la titularidad) de propiedad.
Y continúa aclarando que las ganancias obtenidas estarán exentas de este impuesto cuando el importe total obtenido sea reinvertido en la adquisición de una nueva vivienda habitual, dentro del plazo de los seis meses contados a partir del momento en que se hubiese perfeccionado dicho acto traslativo.
Dinamizaría mercado
El economista y catedrático Francisco Tavárez califica la propuesta como un alivio a la transferencia o venta de inmuebles, afirmando que podría ser consistente con la dinamización del mercado inmobiliario.
«En términos prácticos implica que, si tienes una vivienda que compraste en 1,000,000 de pesos y la vendes en 1,500,000 pesos, en lugar de pagar 125,000 pesos, que sería el 25 % actual de ganancia de capital, estarías pagando solo 50,000″, explicó.
Tavárez destacó que la iniciativa tiene el beneficio adicional de que, si una persona física vende su vivienda habitual para adquirir otra, estaría exento de pagar el impuesto si lo hace dentro de los seis meses de la transferencia o venta del inmueble y que si solo se utiliza una parte del dinero de la venta le aplicaría una proporción de la exención impositiva.
«Es una situación mejor»
«Por todos los lados que lo mires es una situación mejor para los propietarios de vivienda que desean o piensen venderla. Ya no tendrían que pagar la ganancia de capital (diferencia entre el valor de compra y venta) a 25 %, sino a 10 %, con la posibilidad de exoneración si utiliza el dinero total o su proporción a la compra de viviendas nuevas», resaltó.
En el párrafo cuatro del artículo 14, las autoridades proponen que podrán acogerse al tratamiento previsto en el mismo las personas jurídicas o entidades cuya actividad consista exclusivamente en la tenencia de bienes inmuebles, siempre que dichos bienes no sean destinados al desarrollo de actividades comerciales.
La iniciativa tributaria, presentada la semana pasada por el ministro de Hacienda y Economía, Magín Díaz, contempla elevar algunas tasas impositivas con el propósito de recaudar entre 40,000 y 50,000 millones de pesos para financiar el gasto social del Gobierno y contener el déficit fiscal.
