El Poder Judicial recordó que los días Jueves y Viernes Santo sus tribunales permanecen cerrados a excepción de la Oficina de Atención Permanente, a cuyos jueces los detenidos deben ser presentados antes de las 48 horas después de su arresto.

El Miércoles Santo los tribunales solo laborarán hasta el mediodía.

El Poder Judicial recuerda que la suspensión de las labores se hace en atención al artículo 40 de la Ley 327-98 de Carrera Judicial, que establece que los jueces «no laborarán los días jueves y viernes santo y 24 y 31 de diciembre, en adición de los días declarados no laborables».

  • Artículo 40 .- Todos los jueces y servidores judiciales de los tribunales de la República tendrán derecho a las vacaciones conforme se establece en el Artículo 56 de esta ley. Además, dichos funcionarios no laborarán los días jueves y viernes santo y 24 y 31 de diciembre, en adición de los días declarados no laborables. 

Únicamente los tribunales correspondientes a la Oficina de Atención Permanente y sus respectivas áreas de apoyo se mantendrán abiertos.