La pasada gestión de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental (Diecom) contrató este año servicios afines a sus funciones mediante varios procedimientos de excepción, utilizando como justificación la confianza y experiencia del contratista, a pesar de haber recibido mediante resolución una aclaración sobre el uso de ese tipo de proceso.

En 2024, mediante la Resolución RIC-114-2024, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) le indicó al Diecom que la justificación planteada para realizar el citado proceso de excepción no era una condición que respaldara ese procedimiento.

La resolución data de junio de 2024, dictada a raíz de una solicitud de investigación presentada por la Fundación Jurídica para la Defensa de los Pobres contra el proceso DIECOM-CCC-PEOR-2023-0001, el cual ascendió a 1,450 millones de pesos y del cual se beneficiaron cuatro empresas: Aordominicana, All Media, OMD Dominicana y Advanced Media Center.A principios de este año, las cuatro firmas, representadas por: Alejandro Peña Defilló (Aordominicana), Ricardo Ginebra Pou (All Media), Johnny Matos Jáquez (OMD Dominicana) y María Milagros Peña de Ortega (Advanced Media Center) volvieron a ser seleccionadas por el Diecom en procesos de excepción, esta vez con contratos y adendas ascendentes a 2,700 millones de pesos.

En su documento, la DGCP especifica que para fundamentar un procedimiento de excepción por exclusividad se debe realizar un estudio previo de mercado en el que se determine que existe una cantidad limitada de proveedores con vocación de atender la necesidad institucional.»Sin embargo, en el presente caso se verifica que, si bien fue llevado a cabo un estudio previo, en el mismo solo fueron consideradas las cuatro empresas escogidas ´bajo criterio de conveniencia´ por el Diecom, lo que impide determinar que se trata de un caso de exclusividad. Por tanto, no se verifica mérito en el referido alegato», agrega.

  • En su decisión, la DGCP afirmó que la Dirección de Estrategia y Comunicación transgredió la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones, entre otras cosas, por no sustentar que las empresas contratadas fueran las únicas que podían prestar los servicios requeridos y, por tanto, dichos incumplimientos constituyen una limitación infundada de la participación y libre competencia.

Estableció en el documento «que la confianza basada única y exclusivamente en la experiencia del contratista, es un elemento que puede ser evaluado objetivamente por las instituciones contratantes, por tanto, no compone ninguna característica especial que justifique el uso de un procedimiento de excepción para realización o adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos«.Los nuevos contratos

Sin embargo, a través del proceso DIECOM-CCC-PEOR-2025-0002, la institución, dirigida en ese momento por Homero Figueroa, otorgó en febrero de este año un contrato de 600 millones de pesos a la empresa All Media para la prestación de «servicios de estrategia de comunicación, colocación de medios y servicios afines» bajo alegatos de confianza por experiencia.

La justificación de la contratación por excepción «está firmemente basada en la necesidad de servicios con una alta especialización técnica y en la confianza reputacional del proveedor, puesto que cuenta con experiencias comprobadas en la gestión de comunicación estratégica capaces de satisfacer las demandas complejas del Gobierno», según recoge el informe pericial.