Consideran que el país estará preparado para la entrada en vigor del Reglamento 1115 en 2025

Las empresas dominicanas que exportan cacao hacia la Unión Europea han trabajado en el registro y ubicación satelital de las fincas con las que se suplen, con miras a estar listas para la entrada en vigor del Reglamento UE 2023/1115, que restringiría la entrada a este y otros seis frutos que carezcan de medios para demostrar que han sido producidos en tierras libres de deforestación.
«Casi todos los exportadores dominicanos estaban avisados y se han puesto a hacer ese trabajo con sus suplidores, de tal manera que, posiblemente, si no han terminado, van a estar bastante avanzados de aquí a diciembre», aseguró el presidente de la Confederación Nacional de Cacaocultores (Conacado), Isidoro de la Rosa.
Todos los operadores comerciales tendrán hasta el 30 de diciembre del 2024 para agotar estrategias de geolocalización, trazabilidad del fruto y registro de los productores, necesarios para evidenciar si la materia prima del chocolate se ha obtenido bajo prácticas sostenibles.
Es sobre ellos que recaerá «el peso del reglamento«, ya que deben presentar todas estas informaciones bajo una declaración de diligencia debida, precisa el jefe comercial de la misión de la Unión Europea en el país, Luis Araque de Juan, quien considera que hay que estar «optimistas» de que el sector cacaotero estará listo para esa fecha.
Con estas nuevas reglas, el conglomerado europeo busca comprometerse a reducir la deforestación de los bosques producto de la agropecuaria intensiva, lo que ha planteado un nuevo reto para el comercio internacional, que busca cómo cumplir con estos nuevos requisitos.
La República Dominicana cuenta con unas 40 empresas exportadoras de cacao.
Estas compañías han sido clave para el envío de poco más de 43,000 toneladas de cacao hacia la Unión Europea en lo que va de este 2024, una cantidad que Conacado afirma ha podido exportarse sin mayores inconvenientes y de manera más ágil, dada la alta demanda del cacao en el mundo.
Cómo va a funcionar
El artículo 3 del Reglamento 1115 establece que «no se introducirán en el mercado, comercializarán ni exportarán» materias primas y derivados de cacao, café, ganado bovino, palma aceitera, caucho, soya y madera.
Esto, a menos que demuestren estar libres de deforestación, que hayan sido producidos con la legislación pertinente del país de origen y que estén amparados por una declaración de diligencia debida.
Con esta normativa, la Unión Europea busca elevar los estándares comerciales conforme a los compromisos medioambientales asumidos, estudiando el cumplimiento del reglamento caso por caso.
