Joaquín Caraballo

Cuando se habla de formalizar a los trabajadores se tiende a “tirar el grito» por lo que implica respetar los derechos del colaborador. Pero, cuando el Comité Nacional de Salarios (CNS) aprueba un determinado aumento, los informales también se sienten con derecho.

A la redacción de Diario Libre han llegado varias interrogantes con relación al aumento salarial. Una es: si un ciudadano contrata a una persona como vigilante en un edificio o para cuidar cualquier propiedad y este no pertenece a ninguna empresa formal que ofrezca ese servicio, ¿le corresponde el aumento salarial aprobado por el Comité Nacional de Salarios en este 2023?

De acuerdo a la presidenta de la junta directiva de la Confederación Patronal Dominicana (Copardom), Laura Peña Izquierdo, “esos casos son todos de trabajadores informales no regidos por el Código de Trabajo ni las resoluciones de aumento del Comité Nacional de Salarios”.

Sin embargo, entiende que, aunque no están regidos por el Código, lo recomendable es pagar los sueldos mínimos establecidos por el Comité Nacional de Salarios y la resolución.

“Esto permite disminuir (solo disminuir) cualquier pretensión ante el término de la relación de trabajo vía demanda. No obstante, es facultativo de cada uno”, indicó, al ser consultada por Diario Libre.

De acuerdo al Estudio Multidimensional de la República Dominicana, realizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la informalidad laboral es un desafío fundamental para la República Dominicana.


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Dentro de la informalidad también caen muchas mujeres que trabajan en las bancas de loterías, vendedores ambulantes y colmados, entre otros. Además, las personas que están como choferes privados. O sea, si una familia contrata a una persona como chofer, pero éste no pertenece a una empresa que ofrece ese servicio.