Por Julio Benzant
Al acoger la solicitud de los fiscales Hazel Rosaly Gross Abad y José Encarnación, del Departamento de Criminalidad Organizada de la Fiscalía de Santo Domingo Este, un tribunal condenó a 30 años de prisión a un hombre que secuestró a un joven en el sector Las Casitas, del Distrito Municipal de San Luís.
El condenado es Sandy Misael Herrera Acevedo, de 24 años de edad, domiciliado en la calle Respaldo 17 número 41, en el sector Los Guandules, en el Distrito Nacional.
Fue encontrado culpable en el secuestro del joven Ismael Gregoire Pierre, de 19 años de edad, domiciliado y residente en la manzana B, número 24, en el sector Las Casitas de San Luis, Municipio Santo Domingo Este.
La sentencia fue dictada por el Primer Tribunal Colegiado de la provincia Santo Domingo.
De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, en fecha veintitrés (23) del mes de agosto del año 2020, a las 2:00 p.m, el ahora condenado Sandy Misael Herrera Acevedo y otras personas desconocidas, se presentaron a la vivienda de Ismael Gregoire Pierre, en la manzana B No. 24 A, calle La Torre, sector Las Casitas de San Luís.
Llegaron al lugar a bordo de un vehículo Hyundai Sonata, color azul, portando armas de fuego, y una vez allí, aprovecharon que la puerta estaba abierta, procediendo a penetrar a la vivienda que se encontraba ocupada por la referida víctima, y un familiar menor de edad.
Según el expediente número 4020-2020-EPEN-02119, acto seguido, golpearon a Ismael Gregoire Pierre, le neutralizaron y de inmediato, sustrajeron un motor marca AX Suzuki, color rojo, año 2020, dos (2) computadoras tipo Lap Tops, , un teléfono celular marca I phone 11 plus y otro marca T mobile, un televisor tipo plasma y tres pares de tenis, marcas Nike-Jordan, Nike croqui y el otro Fun pack.
Luego de sustraer los efectos, procedieron a raptar a la víctima Gregoire Pierre, a quien trasladaron a bordo del vehículo descrito, secuestrándole por varias horas y trasladándole hasta el sector de Los Mina, y forzándole a llamar vía telefónica, a través de su propio teléfono a su amigo Nathanal Sánchez De Los Santos.
Los malhechores indicaron para que este a su vez contactara a los familiares, a quienes les exigieron el pago de trescientos mil pesos (RD$300,000.00) como condición para el rescate, fijando como punto de intercambio, la avenida San Vicente de Paul esquina Carretera Mella, Santo Domingo Este.
Inmediatamente los familiares recibieron la información, se dirigieron al Destacamento Policial del Felicidad en Los Mina, quienes acudieron al lugar acordado, donde advirtieron la presencia del ahora condenado Herrera Acevedo, quien se hizo acompañar, a bordo de un motor Suzuki, de otra persona hasta la fecha no identificada.
Sin embargo, al notar la presencia policial, empezaron a disparar mientras trataban de huir, enfrentándose a tiros con los agentes, quienes, tras el enfrentamiento, lograron dar alcance a justiciable Herrera Acevedo, a quien le ocuparon un arma de fogueo marca Bruny, modelo 92, calibre 9mm, numeración no legible, con su cargador y dos cápsulas de aire.
Luego de que los desconocidos coautores no identificados, advirtieron que Sandy Misael Herrera había sido arrestado, procedieron a liberar a la víctima Ismael Gregoire Pierre, dejándole en la avenida Albert Thomas esquina 19 Este, Ensanche Luperón, en el Distrito Nacional.
Luego de procesado, el ahora condenado, fue presentado ante un juez de la Oficina Judicial de
Servicio de Atención Permanente, que le impuso prisión preventiva como medida de coerción, mediante la Resolución número 530-2020-SMEC-01500, de fecha 26 de agosto del 2020.
En el juico de fondo, el tribunal compuesto por las juezas Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal (presidente), Julio A. Aybar Ortiz y Flor A. Batista Polo (miembros), encontraron culpable al justiciable de violentar la Ley 583 sobre Secuestro, así como los Artículos 265, 266, 379, 382 y 385 Código Penal Dominicano, los cuales tipifican y sancionan la Asociación de Malhechores y el Robo agravado.
Estos ilícitos penales encontrado responsabilidad penal al justiciable Sandy Misael Herrera Acevedo, describen como el concierto de voluntades para cometer crímenes (en la especie, robo con violencia y secuestro) y la conducta antijurídica de raptas a una persona para exigir a cambio de su libertad, entrega de valores, así como las circunstancias agravantes; casa habitada, pluralidad de agentes, empleo de armas visibles u ocultas, y uso de violencia en su comisión.
El fallo del tribunal dispones que la pena impuesta sea cumplida en la penitenciaría nacional de La Victoria, y el fallo sea comunicado al juez de Ejecución de la Pena, para su fiel cumplimiento.
La lectura integra de la sentencia fue fijada para el 05 de diciembre del año en curso, fecha que abrirá los plazos para las partes no conteste con la decisión, puedan recurrirla en la apelación.
